Los puntos grises del acuerdo del Gobierno con las prepagas

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Hace unos días se dieron a conocer las bases del acuerdo firmado entre 35 empresas de medicina prepaga y el Gobierno nacional. El arreglo determina que las mismas deberán devolver a los afiliados los montos cobrados en exceso y por encima del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Sin embargo, el procedimiento no sería el más conveniente para los clientes que optan por judicializar las causas.

Según los datos obtenidos en el último Censo, en Argentina hay 27.787.124 personas que tienen obra social o prepaga (incluye PAMI). De ese universo, una porción importante sufrió el impacto de los aumentos desmedidos que se aplicaron con la liberación de los precios de las cuotas según el único criterio del prestador y sin ningún tope ni control.

El Gobierno nacional y la Justicia reaccionaron al conflicto que derivó en la judicialización de muchas causas como solución a la vulneración de derechos y acceso a la salud. En un primer momento, se dictó una medida para que las empresas devuelvan el dinero que fue cobrado de manera indiscriminada a los afiliados, pero tras esa decisión, los responsables de las principales prepagas interpusieron un recurso en la Justicia logrando la suspensión del plazo que tenían para retrotraer los aumentos y devolver el dinero. 

Luego de varios idas y vueltas, la Justicia convocó a una conciliación que tuvo como protagonistas a 35 prepagas, las cuales firmaron el acuerdo para efectivizar la restitución de los saldos cobrados en exceso a los afiliados. El acuerdo que surgió tras ese encuentro dejó varios interrogantes y la certeza de que se trata de una medida que resuelve solo una parte del problema. Si bien las empresas cobraron en exceso desde enero a mayo (5 meses), la devolución del dinero se realizará en 12 cuotas desde julio, mes en que se vuelven a liberar los valores de las cuotas.

“El juez federal que intervino en la causa obligaba a devolver el dinero hasta la fecha recalculando a partir del IPC, es un arreglo conveniente para las prepagas, pero no para los afiliados. Desde diciembre el incremento ha sido casi del 180% en algunos casos y se estipula una devolución del 24% en 12 cuotas con una tasa pasiva del Banco Nación. Si el promedio cobrado en exceso es el 24% te van a devolver el 2% y a eso le van a agregar la tasa que es del 30% . En definitiva, te van a devolver menos de lo que sacaron”, explicó el abogado Marcos González Landa.  

En el caso de quienes se desafiliaron por falta de pago, no está contemplada la devolución del dinero cobrado en exceso. “Se comprometen a afiliar a las personas que por falta de pago se vieron desafiliadas (tres meses seguidos dejaron de pagar) y eso le pasó al 1% de la población porque en su mayoría, las bajas que se registraron fueron porque se borraron voluntariamente”, destacó el especialista en derecho a la salud.

“Los jubilados y personas con discapacidad que se dieron de baja no podrán acceder a una prepaga con una cuota que puedan pagar debido a las pre existencias. Las prepagas tienen que determinar a través de la Superintendencia de Salud un valor de cuota diferencial con todo un procedimiento pero hoy las prepagas hacen lo que quieren y no acatan las medidas judiciales”, agregó. 

“Es una medida para la tribuna ya que no hay soluciones de fondo, el problema no se va a terminar porque el decreto que liberó los precios está vigente. En la sentencia se acordó que a partir de julio se liberan nuevamente los valores” y agregó: “Hay que ver si el Gobierno nacional vuelve a considerar que los aumentos que apliquen las empresas vuelven a ser objetables por considerarlos excesivos y fruto de un comportamiento coordinado”. 

Los detalles del acuerdo

Desde julio, las 35 prepagas que firmaron el acuerdo deberán reintegrar a sus afiliados los montos que hayan cobrado de más en su factura. El procedimiento se realiza teniendo en cuenta el criterio fijado por el Ministerio de Economía para limitar los aumentos a través del cual se calculan los porcentajes que se cobraron por encima del índice de inflación del mes anterior.

“Las empresas de medicina prepaga acuerdan la devolución de los montos cobrados en exceso por encima del IPC de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2024 tomando para cada uno de los meses el IPC correspondiente al mes anterior. Se calculará en cada mes la diferencia entre el porcentaje de incremento realizado y al que hubiera correspondido por el IPC del mes anterior. Al resultante de cada mes, se calculará el monto de diferencia, si lo hubiera, hasta el mes de junio ajustado por la Tasa Pasiva Banco Nación. A partir del mes de julio 2024 los montos consolidados se devolverán en 12 cuotas mensuales y consecutivas ajustado por Tasa Pasiva del BNA”, destaca uno de los puntos del acuerdo.

En relación a la tasa de interés, el acta acuerdo firmada aclara que el monto que cada afiliado debe recuperar se descontará del precio de la factura que le llegue cada mes se actualizará por la tasa pasiva del Banco Nación (el interés que paga esa entidad financiera por los depósitos a plazo fijo a 30 días).

Las prepagas que firmaron el acta y que, por tanto, tendrán que devolver lo cobrado “de más” a sus clientes, son las siguientes:

  • OSDE (Organización de Servicios Directos Empresarios)
  • Swiss Medical S.A.
  • Medicus S.A.
  • Omint S.A.
  • Galeno Argentina S.A.
  • Medifé Asociación Civil
  • Hospital Británico
  • Hospital Italiano (Sociedad Italiana de Beneficencia de Buenos Aires)
  • Obra Social del Personal de Dirección de Sanidad Luis Pasteur (OSLP)
  • Medicina Prepaga Hominis S.A.- Sanatorio Güemes
  • Medicina Esencial S.A.
  • Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales
  • Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación
  • Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca
  • ACA Salud Cooperativa de Prestación de Servicios Médicos Asistenciales Ltda
  • Asociación Mutual Sancor
  • Prevención Salud S.A.
  • Sistema Integrado de Prestadores de Salud S.A. (SIPSSA)
  • MET Córdoba S.A.
  • Hospital Alemán
  • Premedic (Grupo DDM S.A.)
  • CEMIC (Centro de Educación Médica e Investigaciones)
  • Círculo Médico de Lomas de Zamora
  • Obra Social YPF
  • International Health Services Argentina (IHSA)
  • Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA
  • Asociación Civil de Estudios Superiores
  • FEMEDICA (Federación Médica Gremial de Capital Federal)
  • Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Privada del Petróleo
  • Medicals (Programa de Salud)
  • Centro Médico Pueyrredón
  • Ensalud
  • Fundación Médica de Mar del Plata
  • Odepym
  • Opdea

El Gobierno nacional determinó que las empresas de medicina prepaga alcanzadas por la medida de retroceso de precios podrán aplicar un aumento en mayo que no supere el 114,6% en comparación con el valor que cobraron a sus clientes en diciembre de 2023, según anunció la Secretaría de Comercio de la Nación.

“En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1+ la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)”, destacaron.

El acuerdo destaca que desde julio, “las cuotas de los afiliados se ajustarán libremente, conforme estructuras de costos y debido cálculo actuarial de cada una de las empresas”.

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