Los jueces no son médicos

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Por Diario Judicial

La Cámara Civil de Cipolletti, provincia de Rio Negro, se expresó en el marco del pedido de los progenitores de un niño que padece una grave enfermedad y pretendían una internación domiciliaria con algunas condiciones, resaltando la importancia del criterio del personal de Salud Pública.

El niño vive en una localidad del Alto Valle y al momento de la presentación del amparo se encontraba internado en el hospital de Roca. En medio del trámite judicial, el paciente transitó una evolución favorable y fue trasladado a un hospital de menor complejidad más cerca de su familia. Finalmente, autorizaron la internación domiciliaria con un control de enfermería dos veces al día y un control pediátrico cada 15 días.

En la resolución se sostuvo que no son los tribunales los habilitados para definir cuál es el tratamiento médico que corresponde a cada paciente, ni cómo y donde se debe realizar el mismo. 

En ese marco, los jueces decidieron dictar una medida cautelar con carácter preventivo para que, entre otras cuestiones, se aseguren los tratamientos ambulatorios del niño, los insumos que exija la patología y la capacitación necesaria a los progenitores para una mejor atención.

Los camaristas resaltaron que la justicia “no puede involucrarse en soluciones técnicas, médicas o científicas cuya complejidad excede y exorbita el ámbito jurídico propio de las funciones” y agregaron que “los tribunales carecen de idoneidad para definir si un paciente -según su complejidad clínica- debe o no estar internado en el hospital más cercano a su localidad o inclusive en otro aún de mayor complejidad, o bien si debe o no debe permanecer en internación domiciliaria”.

“Si los profesionales médicos intervinientes expresan que es en el ámbito de un nosocomio donde se cuenta con los insumos, instrumentos, equipos, profesionales y enfermeros para encarar los tratamientos que un paciente necesita; no puede la jurisdicción indicar un tratamiento ni un curso de acción distinto”, expresaron los magistrados.

En ese sentido, añadieron: “De ahí que no son los jueces quienes están capacitados para definir cuando y cómo un paciente puede permanecer en internación domiciliaria, o cuando el estado de salud del mismo requiere su internación en el Hospital o incluso en un centro de mayor complejidad”.

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