La Justicia de Salta ordenó a las clínicas privadas brindar prioritaria y efectiva atención médica a los pacientes con Covid-19

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Por Diario Judicial

Un fallo de la Justicia de Salta sentó un precedente importante en materia sanitaria en relación a la atención de pacientes con Covid-19. El Juzgado de Garantías de Segunda Nominación hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Fiscal de Estado de la provincia y ordenó a las clínicas privadas brindar prioritaria y efectiva atención médica a las personas con la enfermedad respecto de los requerimientos no esenciales que reciban por otras patologías, de modo de dar respuesta a las perentorias necesidades de atención a estos casos.

La medida busca garantizar el inmediato acceso al servicio de salud de los pacientes, dejando a salvo los casos esenciales por otras patologías también de emergencia. Surgió por la preocupación del Comité Operativo de Emergencia (COE) ante casos de clínicas que son renuentes a atender a personas que padecen el virus.

Según consta en la causa, la Fiscalía de Estado reprochó a los operadores privados “derivar automáticamente consultas –y potenciales pacientes- al sector público” y “realizar atenciones médicas de cuestiones no urgentes o esenciales; supone una utilización irracional de los recursos disponibles y genera el riesgo cierto de un aceleramiento en la saturación del sistema para el tratamiento de casos críticos en el marco de la pandemia”.

El Juzgado destacó que el contexto de emergencia originado en la grave pandemia que “afecta severamente el derecho a la salud pública de los salteños, conectado al riesgo cierto de que, debido al aumento exponencial de los contagios, la capacidad del sistema sanitario público se vea desbordada”, lo que deriva, según explicó, en el “riesgo en el aumento de muertes por insuficiencia de recursos”.

Según consta en la causa, la Fiscalía de Estado reprochó a los operadores privados “derivar automáticamente consultas –y potenciales pacientes- al sector público” y “realizar atenciones médicas de cuestiones no urgentes o esenciales; supone una utilización irracional de los recursos disponibles y genera el riesgo cierto de un aceleramiento en la saturación del sistema para el tratamiento de casos críticos en el marco de la pandemia”.

“Resulta esencial instar a las partes al diálogo para poder compatibilizar la urgencia –en la que nos ha puesto esta crisis- para la atención de la pandemia con las demás prestaciones médicas que la población requiere”, sostuvo el fallo y concluyó: “Se trata de un momento en donde los esfuerzos del sector público y privado deben mancomunarse para trabajar de manera solidaria y eficiente”.

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